lunes, 1 de julio de 2013

ANÁLISIS Y OPINIÓN: La Macarena, una marca

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce a la Hermandad de la Macarena los derechos de imagen, es decir, el uso comercial exclusivo de la imagen de la Virgen de la Esperanza Macarena.


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha emitido una importante sentencia que instaura un precedente en la protección de las imágenes de las hermandades, sus símbolos y su comercialización frente a su uso sin consentimiento por terceros. La hermandad ha ganado un recurso interpuesto contra la Oficina Española de Patentes y Marcas que había concedido a un tercero la autorización para registrar, y comercializar unos platos cerámicos en los que aparecía una estampa conocida de la Virgen enmarcada por unos arabescos. Los intereses de la corporación han sido defendidos con firmeza por los abogados Rafael y Cristina Jiménez, de Fernández-Palacios Abogados, un bufete especialista en patentes y marcas, referencia en Sevilla, que también tiene como clientes a las hermandades del Gran Poder, San Bernardo, el Baratillo, el Calvario, la O y San Gonzalo.

Hasta la fecha, nunca se había producido una resolución judicial de este tipo, puesto que no se había dado oportunidad a los tribunales de pronunciarse. Las había, pero eran administrativas. "Siempre hemos defendido que con una marca se pueden defender los derechos sobre la reproducción en cualquier soporte de una imagen religiosa, pero hasta ahora no había existido la oportunidad de que los jueces se pronunciaran. Ahora podemos concluir que sólo la hermandad tiene el derecho de exclusiva a usar la reproducción de la imagen para su comercialización en diferentes soportes. Una vez más, la Hermandad de la Macarena se convierte en la abanderada de la ciudad, como en tantas otras ocasiones en su larga historia".

Los expertos aseguran que el dictamen en favor de la corporación aumenta el blindaje que ofrecen los derechos de propiedad intelectual cuando la obra es antigua: "La Imagen de la Esperanza tiene más de 300 años y, por lo tanto, la muerte de su autor fue hece mucho tiempo, aún siendo desconocido, lo que según la Ley sobre Propiedad Intelectual ubicaría la obra artística en el dominio público y podía ser reproducida, en consecuencia, por cualquiera. La sentencia confirma que nos encontramos ante dos derechos distintos: de una parte, la obra como tal; y su reproducción en cualquier soporte, de otra. En referencia a esa reproducción, podemos ya concluir que una imagen cristalizada en marca, siempre que ésta se mantenga vigente por su titular (en este caso la hermandad) puede oponerse a terceros, aunque la obra de arte como tal tenga más 300 años". 

La hermandad puede ahora hacer uso de la sentencia cuando se vea perjudicada en sus intereses. "Ahora ha recibido por fin la confirmación de lo que siempre mantuvimos: que goza de la exclusividad para la reproducción de la imagen de la Esperanza Macarena en cualquier soporte, por lo que, en principio, sólo la tienda de recuerdos de la Basílica puede vender esos productos, sin perjuicio de que si la hermandad así lo estima, se reserve el derecho de hacer uso de la sentencia frente a terceros que reproduzcan la imagen de la Virgen sin consentimiento. Esto es importante porque, a pesar de que pueda pensarse que existe un afán mercantil por parte de la hermandad, lo cierto es que con la sentencia va a poder controlar la reproducción de la imagen de la Virgen, que en muchos casos no es de la calidad exigida, en cualquier soporte. Además, la principal fuente de ingresos para la bolsa de caridad es la tienda".

Información extraída de "El Diario de Sevilla"

Esta medida, sinceramente, me parece por una parte, exagerada y fuera de contexto, ya que no estamos hablando de los derechos de imagen de un famoso, como si se tratara de Cristiano Ronaldo; o de un personaje comercial como Bob Esponja o Hello Kitty; y tampoco se trata de una marca comercial como Polo Ralph Lauren o Corte Inglés...De hecho, estamos hablando de una obra de arte cuyo autor, además de desconocido, está muerto, por lo tanto no habría derechos de imagen. Desde el punto de vista religioso, los derechos de imagen no pueden ser de nadie, no puede haber derechos de imagen, es una imagen de culto...¿O es que también van a cobrar ya por tener una estampita? No sé, la verdad, hasta dónde puede llegar esto.

Pero, por otra parte, pienso que es una medida necesaria, ya que entiendo que en el mundo en el que vivimos se utilizan las imágenes o símbolos religiosos para cualquier barbaridad...Y se trata de una medida para evitar este uso de las imégenes respetarlas como lo que son, imágenes religiosas.


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